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AFIP dispuso una extensión en los plazos para Ganancias y Bienes Personales: las nuevas fechas para cumplir con las obligaciones fiscales

Por REDACCION

La entidad confirmó este lunes la prórroga para los pagos tributarios del periodo 2023.

  • La AFIP dispuso una extensión para facilitar los pagos a los contribuyentes
  • Esta prórroga aplica tanto para las personas físicas como para los responsables sustitutos

La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) decidió extender los plazos para la presentación de declaraciones juradas y el pago de los saldos correspondientes a los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular para el período fiscal 2023.

Esta medida, formalizada este lunes mediante la Resolución General N° 5550/24, busca facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en un contexto económico desafiante.

¿Qué implican las prórrogas en AFIP?

El nuevo calendario presentado por AFIP otorgará un respiro a los contribuyentes y responsables, quienes tendrán más tiempo para preparar y presentar sus declaraciones juradas sin incurrir en penalidades. Esta prórroga aplica tanto para las personas físicas como para los responsables sustitutos, permitiendo un margen adicional para cumplir con el pago de los saldos de los impuestos mencionados.

La AFIP dispuso que el nuevo cronograma de vencimientos sea hasta septiembre de 2024, dando lugar a una extensión significativa en comparación con las fechas originalmente previstas

Calendario de vencimientos y novedades

En el Boletín Oficial, la AFIP también detalló los plazos específicos para el pago de los Ingresos Especiales de importes a cuenta para los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. Este anticipo, que equivale al 40% de la base de cálculo del período fiscal 2023, deberá ser abonado de acuerdo con las nuevas fechas establecidas en la Resolución General N° 5548/24.

Adicionalmente, la AFIP recordó a aquellos contribuyentes que no adhirieron al Régimen de Regularización de Activos que deberán cumplir con la Manifestación de Adhesión y el pago inicial del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). Este régimen fue diseñado para facilitar la declaración de activos no declarados y permitir la regularización fiscal sin incurrir en sanciones adicionales.

Además, sobre la Declaración Jurada y pago del saldo del Impuesto del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) para sujetos que no adhirieron al Régimen de Regularización de Activos el plazo final será hasta el 30 de septiembre próximo para todos los CUIT.

Con esta medida, el organismo también ha confirmado el calendario del sexto anticipo de Ganancias y Bienes Personales, así como los plazos del REIBP, brindando un margen adicional para el cumplimiento de estas obligaciones fiscales.

Impacto en los contribuyentes

Esta prórroga es vista como una medida positiva por parte de analistas y contribuyentes, ya que el margen adicional permitirá una mejor planificación financiera y una menor presión en un contexto de alta volatilidad económica.

Sin embargo, algunos sectores advierten que esta flexibilidad podría generar mayores cargas en el último trimestre del año, cuando los contribuyentes deberán cumplir con varias obligaciones fiscales simultáneamente.

En cualquier caso, la extensión de los plazos se presenta como una respuesta necesaria para asegurar el cumplimiento del pago tributario en medio de un panorama económico complejo.

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